¿Es obligatoria la Declaración Anual para RESICO? El SAT dice que NO

Una de las mayores preocupaciones para quienes tributan bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ha sido la carga administrativa al cierre de año. Sin embargo, el SAT ha dado un paso histórico para simplificar aún más este régimen.

El SAT elimina la Declaración Anual para RESICO

En un comunicado oficial reciente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que las personas físicas que tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) quedan relevadas de presentar la declaración anual.

EL_DATO_CLAVE

A partir del ejercicio 2024 y subsecuentes, NO es necesario presentar declaración anual si eres persona física en RESICO.

Esta medida busca reducir la carga administrativa y fomentar que más contribuyentes se sumen a este régimen que ya de por sí ofrece tasas de ISR muy bajas (entre 1% y 2.5%).

¿Qué dice el comunicado oficial?

Según el boletín de prensa emitido por el SAT, esta facilidad es parte de un paquete de mejoras para incentivar el cumplimiento voluntario. El texto especifica:

Comunicado 01/2025

"[...] Además, quienes contribuyan en este régimen quedan relevados de presentar la declaración anual por los ingresos correspondientes y solo deberán realizar pagos mensuales. "

¿Significa que ya no debo declarar nada?

No exactamente. Es importante distinguir entre la declaración anual y las declaraciones mensuales.

  1. Declaraciones Mensuales: SIGUEN SIENDO OBLIGATORIASDebes seguir presentando tus pagos provisionales mes con mes antes del día 17. En estas declaraciones es donde se calcula y paga el ISR sobre tus ingresos efectivamente cobrados.
  2. Declaración Anual: OPCIONAL

    El proceso de ajuste anual que se realizaba en abril es opcional para personas físicas en RESICO. El pago que hiciste mes con mes se considera definitivo en la mayoría de los casos bajo esta nueva facilidad.

    Ojo: Si tienes un saldo a favor en RESICO, presentar tu declaración anual (o mensual, según el caso) sigue siendo el camino para recuperar ese dinero. No presentarla cuando tienes saldo a favor es regalarle dinero al SAT.

Beneficios de esta medida

  • Menos burocracia: Un trámite menos al año significa menos estrés y menos tiempo invertido en el portal del SAT.
  • Certeza inmediata: Lo que pagas cada mes es lo que queda, sin sorpresas de saldos a cargo al final del año por errores de cálculo en el acumulado.
  • Enfoque en tu negocio: Te permite concentrarte en generar ingresos y emitir tus facturas correctamente, que es lo más importante en RESICO.

¿Cómo prepararte para este cambio?

Aunque ya no haya declaración anual, el éxito en RESICO sigue dependiendo de una buena administración mensual. Asegúrate de:

  • Emitir tus CFDI de ingresos por cada pago recibido.
  • Tener tus facturas de gastos (aunque no sean deducibles para ISR, sirven para acreditar el IVA).
  • Mantener tu buzón tributario activo.
  • Estar al corriente con tus declaraciones mensuales.

Conclusión

Esta es una excelente noticia para todos los freelancers y pequeños contribuyentes en México. La eliminación de la declaración anual para RESICO refuerza la promesa original del régimen: ser la forma más sencilla y económica de estar al corriente con el SAT.

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